Si formas parte de una comunidad de propietarios de un garaje comunitario y estás considerando la posibilidad de instalar estaciones de carga para vehículos eléctricos, o si simplemente deseas instalar una en tu propia plaza de aparcamiento, te recomendamos leer este artículo, ya que te proporcionará un resumen de la normativa actualmente en vigor.
¿Cómo es un punto de recarga en un garaje comunitario?
Antes que nada, es importante tener en cuenta que la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un garaje comunitario requiere generalmente más cableado y más perforaciones en los pisos o paredes que en el caso de una estación de carga en un garaje privado o individual. Debido a esto, la instalación es más compleja y costosa que en una vivienda unifamiliar.
Cuando se trata de instalar puntos de recarga para coches eléctricos en un garaje comunitario, existen dos opciones disponibles:
Conectándote al contador de tu vivienda
Si la estructura de tu edificio y garaje lo permiten, y si tu plaza de aparcamiento está en el mismo edificio donde vives, la normativa te permite instalar un cable que conecte el contador de tu hogar con tu plaza de aparcamiento. Si puedes optar por esta alternativa, resultará la más práctica, ya que te permitirá unificar los costes de energía de tu vivienda y los de carga de tu vehículo eléctrico en una sola factura. Además, existen cargadores inteligentes que ofrecen un control dinámico de la potencia, lo que significa que no necesitarás contratar más potencia en tu hogar aunque conectes el cargador al contador de tu vivienda.
Creando un nuevo suministro eléctrico
Si la estructura de tu edificio no te permite conectar un cable desde el contador de tu hogar hasta tu plaza de aparcamiento o si tu plaza está ubicada en un edificio extracomunitario, deberás solicitar la instalación de un nuevo punto de suministro y un nuevo contador. En este caso, la factura del punto de recarga de tu vehículo eléctrico será independiente de la factura de tu hogar, lo que significa que tendrás que gestionar y pagar dos facturas distintas.
Normativa sobre los puntos de recarga para comunidades de vecinos
En la actualidad, la normativa ICT-BT 52 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión establece que todos los edificios de nueva construcción con garaje deben contar con una preinstalación para al menos el 10% de sus plazas destinada a futuros puntos de recarga. En caso de tener preinstalación, cada propietario de plaza puede elegir instalar o no un cargador en su plaza.
Si tu edificio es antiguo y no cuenta con preinstalación para puntos de recarga, no necesitas solicitar permiso a la comunidad de propietarios para llevar a cabo la instalación, según lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio), aunque sí debes informarles. Es importante tener en cuenta que la instalación siempre debe ser realizada por un instalador autorizado.
Cuando se inicia la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en una comunidad de propietarios, es necesario seguir una serie de pasos para asegurarse de que todo el proceso se lleve a cabo correctamente y de forma legal, cumpliendo tanto con la normativa jurídica como con las normas internas de la comunidad de propietarios.
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Comunica la instalación a tus vecinos
Lo primero que tienes que hacer es informar por escrito a la comunidad de vecinos. No necesitarás aprobación previa por parte de la comunidad pero sí que deberás informar y en el caso que tuvieras que conectar el cargador a un contador comunitario del garaje, ahí sí que necesitarás aprobación previa según la Ley de Propiedad Horizontal, art. 17.5.
Legislación de la instalación
Para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario, es necesario obtener un Boletín o Certificado de Instalación Eléctrico (CIE). Este documento se emite generalmente pocos días después de finalizar la instalación, pero el plazo puede variar según la comunidad autónoma.
Además, en algunas comunidades autónomas, se exige presentar el certificado de la instalación eléctrica de la vivienda o el certificado de seguridad, según corresponda, y la OCA (ordenanza municipal de garajes) vigente del garaje, si se conecta al contador de la vivienda para legalizar el punto de recarga. Esto se debe a que, al instalar el punto de recarga, este se convierte en parte del circuito eléctrico de la vivienda.
ITC BT 52: Normativa sobre la infraestructura del punto de recarga para vehículos eléctricos
Según la normativa ITC BT 52 y su disposición adicional primera, que establece las dotaciones mínimas para los puntos de recarga en edificios construidos después de la entrada en vigor del decreto:
En garajes o aparcamientos comunes de edificios en régimen de propiedad horizontal, se debe realizar una conducción a través de tubos o canales en ángulos rectos, de modo que sea posible hacer derivaciones hasta el punto o puntos de recarga.
En garajes privados o estacionamientos de flotas privadas, se deben contar con las instalaciones suficientes para suministrar a una estación o punto de recarga por cada 40 plazas cuando el garaje tiene más de 20 plazas. Es importante cumplir con estas normas para garantizar una instalación segura y eficiente de los puntos de recarga.
Tipos de esquema para la instalación de puntos de recarga para coche eléctrico
Existen varios tipos de esquemas para la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos. Los puedes consultar en este otro post de nuestro blog: Esquema para instalación de punto de recarga de coches eléctricos